Cuando se presentó, por parte de la Agencia Española de Protección de Datos y la FECEMD, la Lista Robinson gestionada por esta entidad (ahora llamada Adigital), se dio a entender la obligatoriedad de consultarla por parte de toda aquél que fuera a realizar una campaña de publicidad.
Acabamos de conocer un sanción a Telefónica Móviles España, por realizar llamadas a una persona apuntada a la mencionada lista, con lo que han vuelto a aparecer comentarios sobre la obligatoriedad de este fichero.
Es conveniente aclarar que sólo será obligatorio para aquellos que, voluntariamente, hayan decidido acogerse a ella. Hablamos de ello en nuestro blog de Lex Nova.
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