La Audiencia Provincia de Vizcaya ha condenado a un año de prisión a los administradores de una página web de enlaces. La sentencia es sorprendente porque considera comunicación pública al hecho de enlazar, pero sobre todo porque aplica el artículo 15 de la LSSI, previsto para los servidores proxy.
Un análisis de esta llamativa sentencia en nuestro blog en Lex Nova.
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