El Tribunal Supremo ha confirmado una sentencia de despido contra un trabajador por utilizar el ordenador de la empresa, de forma abusiva, para usos particulares.
La sentencia, que se puede leer en mi blog de Lex Nova, nos sirve para recordar las claves en este tipo de casos: si la empresa ha establecido unas reglas claras sobre el uso de los medios puestos a disposición del trabajador, podrá controlar, en ejercicio de su derecho de control (establecido en el Estatuto de los Trabajadores) qué uso hace el trabajador. En ese caso el empleado no tendrá ninguna expectativa de intimidad que pueda verse atacada, y no podrá alegar lesión de sus derechos fundamentales en la actuación del empresario.
Por tanto, es importante recordar la conveniencia de redactar unas reglas de uso de los medios informáticos y del correo electrónico de la empresa para prevenir problemas y que ambas partes sepan a qué atenerse.
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